¿La Ley Local 26 de 2004 afecta mi edificio?

Después de los ataques del 11 de septiembre de 2001, el gobierno de la ciudad de Nueva York concluyó que las medidas de protección contra incendios en edificios de gran altura no garantizaban la seguridad de los ocupantes. Como resultado, se creó un grupo de trabajo para evaluar la situación y proponer mejoras al código, y el resultado fue la Ley Local 26 de 2004. La ley incluía requisitos retroactivos y prospectivos, que exigían que todos los propietarios evaluaran sus edificios y planificaran las mejoras según fuera necesario. y antes de los plazos establecidos.

Los requisitos retroactivos son obligatorios para todos los edificios existentes que cumplan ciertas condiciones, incluso aquellos sin renovaciones planificadas. Por otro lado, los requisitos prospectivos se enfocaron en nuevas construcciones y renovaciones en edificios existentes.

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Instalación obligatoria del sistema de rociadores en edificios de la ciudad de Nueva York

La mayoría de los requisitos retroactivos introducidos por LL 26/04 eran relativamente simples y tenían plazos a corto plazo en 2006 y 2007. Sin embargo, uno de los requisitos era notorio por su mayor complejidad y plazo a largo plazo: todos los edificios de al menos 100 pies de altura y clasificados ya que las ocupaciones de grupos empresariales tenían 15 años para ser rociadas por completo, estableciendo la fecha límite el 1 de julio de 2019. Es importante señalar que las ocupaciones comerciales se clasificaron como Grupo E cuando se publicó LL26 / 04, pero la denominación se ha cambiado a Grupo B , mientras que el Grupo E se utiliza para instalaciones educativas.

Solo hay dos casos en los que un edificio puede estar exento de instalar un sistema de rociadores completo de acuerdo con la Ley Local 26 de 2004:

  • Muchos edificios de la ciudad de Nueva York han sido designados como hitos interiores debido a su arquitectura histórica. Si la instalación de rociadores se considera inviable sin alterar drásticamente el edificio, se puede renunciar a LL 26/04.
  • Algunos edificios no son puntos de referencia, pero su condición estructural hace que la instalación de rociadores no sea práctica. También es posible una exención en estos casos.

Si un edificio tiene al menos 100 pies de altura y se convierte en un clasificación de ocupación cubierto por LL 26/04, los rociadores se vuelven obligatorios incluso si no se requerían previamente. Además, el plazo de 2019 no se aplica en este caso; el edificio debe estar completamente rociado en el momento de la conversión.

Aunque la fecha límite es el 1 de julio de 2019, para los edificios existentes, se debe entregar un informe provisional antes del 1 de julio de 2018. Sin embargo, este informe no es necesario si el proyecto completo se completó antes. En cambio, solo se requiere el informe final (normalmente el 1 de julio de 2019).

En resumen, su edificio está sujeto a este requisito retroactivo si cumple las siguientes condiciones:

  • Al menos 100 pies de altura.
  • Ocupación empresarial (Grupo E a partir de 2004, actualmente Grupo B). Esto incluye edificios de oficinas.

Requisitos retroactivos con fechas límite pasadas

Todos los requisitos retroactivos con fechas límite pasadas ahora son como requisitos prospectivos, ya que los edificios existentes ya los cumplen y las nuevas construcciones deben incluirlos. Había tres requisitos de este tipo cuando se publicó por primera vez LL 26/04:

REQUISITO

EDIFICIOS AFECTADOS

DESCRIPCIÓN Y PLAZO

Marcas fotoluminiscentes

Edificios de oficinas de gran altura (75 pies o más)

Señales fotoluminiscentes en todas las puertas que conducen a las salidas y marcas en todas las escaleras de salida (1 de julio de 2006).

Señalización adicional si el camino de salida no está claro

Edificios de oficinas de gran altura (75 pies o más)

Letreros de salida iluminados en escaleras con extensiones horizontales y niveles de transferencia, letreros de pared donde una puerta de reingreso está oculta a la vista, letreros de pared donde el reingreso no es posible para más de cuatro niveles (1 de julio de 2007).

Señal de salida Fuente de alimentación

Oficinas, instalaciones educativas y hoteles independientemente de la altura.

Edificios comerciales, industriales e institucionales de gran altura (75 pies o más).

Es obligatorio un paquete de baterías o generador. Esto se aplica independientemente de la conexión por delante o por detrás del interruptor principal (1 de julio de 2007).

Como se indicó anteriormente, estos eran requisitos legalmente vinculantes que ya se han implementado en los edificios existentes. Sin embargo, si se muda a una propiedad existente sujeta a ellos, no está de más verificar que se hayan cumplido los tres requisitos.

Requisitos prospectivos en la ley local 26 de 2004

Como lo implica su nombre, los requisitos prospectivos se aplican a las nuevas construcciones y modificaciones en los edificios existentes. Se pueden resumir de la siguiente manera:

REQUISITOS PROSPECTIVOS

EDIFICIOS CUBIERTOS

Escaleras de tijera: Cuando dos escaleras deben ser remotas, no pueden compartir una pared, piso o techo común.

Edificios de oficinas de gran altura de al menos 75 pies de altura donde las escaleras dan servicio a un piso de al menos 10,000 pies2.

Opción de torre de fuego: LL 26/04 permite torres de incendios en lugar de escaleras interiores o exteriores, siguiendo un procedimiento de solicitud por parte del propietario.

Todos los edificios de cualquier altura o clasificación de ocupación.

Vestíbulos de ascensor: Los ascensores que dan servicio al menos a cuatro niveles con espacio para oficinas deben dar a un vestíbulo para detener el humo. Los edificios existentes solo están cubiertos si se están instalando dos o más huecos de ascensor.

Edificios de gran altura de al menos 75 pies de altura que incluyen espacio para oficinas.

Cajas resistentes a impactos: Se aplica a escaleras y ascensores que sirven a espacios de oficinas.

Edificios de gran altura de al menos 75 pies de altura.

Vigas de acero de banda abierta: Prohibido hasta que el comisionado promulgue estándares de protección contra incendios.

Edificios no residenciales de gran altura de al menos 75 pies de altura.

Inspeccione la protección contra incendios existente: Evalúe el estado de la protección contra incendios en aerosol existente que está expuesta.

Espacios de oficinas sujetos a modificaciones.

Inspeccione las compuertas cortafuegos: Se aplica siempre que se instala un nuevo sistema de ventilación.

Todos los edificios de cualquier altura o clasificación de ocupación.

Ubicaciones de las tomas de aire: Se aplica a las tomas de aire en espacios por encima de los 10,000 pies2 y más alto que el segundo piso. Deben estar ubicados a 20 pies sobre el nivel del suelo y a 20 pies de distancia de las descargas de escape y los muelles de carga.

Nuevos edificios de oficinas de gran altura de al menos 75 pies de altura.

Tubería de aceite combustible por encima del piso más bajo: No se permiten tuberías de fuelóleo sobredimensionadas por encima del piso más bajo y se introducen nuevas normas para regularlas.

Todos los edificios de cualquier altura o clasificación de ocupación.

Drenajes de piso: Si se encuentra en vestíbulos o pozos de ascensores, estos pueden excluirse del recuento total de accesorios para fines de cálculo de plomería.

Todos los edificios de cualquier altura o clasificación de ocupación.

Plan de acción de emergencia para la evacuación: Puede ser requerido por el Departamento de Bomberos de la Ciudad de Nueva York, incluidos los simulacros de evacuación.

Todos los edificios de oficinas.

Conclusión

Los requisitos establecidos en la Ley Local 26 de 2004 se clasifican en requisitos retroactivos y prospectivos, y los edificios cubiertos cambian para cada requisito específico. Algunos requisitos cubren todos los edificios independientemente de su ocupación, mientras que otros varían según estos dos factores. Tenga en cuenta que se acerca la fecha límite de 2019 para los sistemas de rociadores, y una instalación completa del sistema de rociadores puede llevar mucho tiempo para un edificio grande. Si es propietario de una propiedad, se recomienda encarecidamente que planifique su proyecto lo antes posible.